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Seguimiento del doctorando

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La Comisión Académica y de Calidad del Programa de Doctorado en Ingeniería de Telecomunicación nombrará cada año un conjunto de Comisiones de Seguimiento para realizar la evaluación de los doctorandos. Cada una de dichas Comisiones estarán formadas por tres profesores del Programa de Doctorado, uno de los cuales actuará como Presidente, otro como Secretario y otro como Vocal. Se nombrará también un cuarto profesor como Suplente. 

La Comisión realizará dos evaluaciones al año, aproximadamente cada seis meses, a las que los alumnos podrán presentarse para ser evaluados.  Los miembros de la Comisión no podrán evaluar a los alumnos que tutorizan o a los que le dirigen la tesis.

Los criterios de evaluación utilizados por el tribunal serán los definidos por la Comisión Académica y de Calidad del Programa de Doctorado en Ingeniería de Telecomunicación para cada uno de los tres años de desarrollo de la tesis, que habrán de haber sido aprobados también por la Comisión de Posgrado de la Universidad de Málaga.

La información sobre dichos criterios es pública, está recogida en la página Web del Programa (en este enlace), y forma parte del Compromiso Documental de Supervisión que suscribe el alumno al inscribirse. Dichos criterios han de garantizar que los doctorandos progresan hacia la consecución de los méritos exigidos para la defensa de la tesis.

El tribunal evaluará, a partir de registro de actividades del Documento de Actividades del Doctorando, así como los informes que a tal efecto deberán emitir el tutor y el director de tesis, al menos los siguientes aspectos:

-      Progreso de la tesis con respecto al Plan de Investigación propuesto

-      Producción científica hasta el momento (resultados, publicaciones, etc.).

-      Estancias realizadas, visitas a otros centros, asistencia a congresos, reuniones, etc.

-      Realización de actividades y complementos de formación.

-      Cualquier otra actividad o tema considerados relevantes.

-      Valoración general.

En la evaluación del primer año también se valorará y aprobará, si procede, el Plan de Investigación y el Proyecto de Tesis presentado por el doctorando. 

Se recuerda que, para aquellos estudiantes matrículados por primera vez durante curso 2023/2024 en adelante, además del Plan de Investigación será necesario aportar, en el primer año, un Plan de Formación. Un extracto del Real Decreto (Real Decreto 576/2023, de 4 de julio de 2023, por el que se modifica el Real Decreto 99/2011 sobre enseñanzas oficiales de doctorado) en el que si incluye esta novedad indica lo siguiente:

«6. Antes de la finalización del primer año, contado desde la fecha de la matrícula, la doctoranda o el doctorando, con la asistencia de su Directora o Director y su tutora o tutor, elaborará un documento que incluya un plan de investigación y un plan de formación personal. El plan de investigación incluirá al menos la metodología que se va a utilizar y los objetivos que se pretende alcanzar, así como los medios y la planificación temporal para lograrlo. El plan de formación personal de la doctoranda o doctorando contendrá una previsión de las distintas actividades formativas que se desarrollarán durante la tesis doctoral (cursos, impartición de seminarios, acciones de movilidad, etc.). Dicho documento se podrá mejorar y detallar a lo largo de su estancia en el programa y debe estar avalado por la Directora o Director y por la tutora o tutor."

Tal y como se indica en dicho extracto, dicho plan de formación consistirá en las actividades formativas que el estudiante tiene intención de debe llevar a cabo a lo largo de sus estudios (algunas obligatorias y otras opcionales) y que están disponibles en la página web del programa.

Se podrá aportar en un único documento que incluya el Plan de Investigación y el del Plan de formación.

 

La evaluación positiva por parte del tribunal es requisito indispensable para continuar en el programa. En el caso de una evaluación negativa (o no presentado), el doctorando deberá ser nuevamente evaluado en el plazo de seis meses. En el supuesto de producirse una segunda evaluación negativa (o no presentado), el doctorando causará baja definitiva en el programa, que podrá ser recurrida ante la Comisión de Posgrado de la Universidad de Málaga.

Será misión de la Comisión de Seguimiento, además de juzgar la marcha del doctorando y el desarrollo del plan de investigación, el realizar recomendaciones y sugerencias que permitan mejorar el trabajo de tesis y la evolución del doctorando.

El tribunal redactará un informe con la evaluación que quedará registrado en el Documento de Actividades del Doctorando (DAD).

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