Esta jornada tiene por objeto dar a conocer los requisitos para patentar invenciones implementadas por ordenador. Conforme a la Ley Española de Patentes (Ley 24/2015), un programa de ordenador que se reivindica como tal no es una invención patentable. Por ello, no se conceden patentes para programas informáticos. La concesión de una patente para una invención implementada en ordenador exige necesariamente la existencia de la solución a un problema técnico, resuelto de una manera novedosa y no evidente para el experto en la materia, es decir, los mismos requisitos exigidos para las invenciones en todos los campos de la tecnología.

Acceso al programa detallado de la jornada.

Dirigido a la comunidad universitaria, con especial énfasis al PDI y alumnos de Informática/Telecomunicación/Ingenierías Industriales.

EDICIÓN PRESENCIAL
Fecha: 22/05/24
Lugar: Sala de Grados A. ETSI Informática/ ETSI Telecomunicación

Jornada con aforo limitado.

Inscripciones en: https://eventos.otri.uma.es/