Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Archivos adjuntos
El pasado 2 de octubre se publicó en el BOE la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, de la que pasamos a reseñar sus contenidos más relevantes.
Dicha ley entrará en vigor al año de su publicación, esto es el 2 de octubre del 2016, a excepción de ciertos preceptos, como la Modificación del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, que entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el BOE.
El objeto de esta ley es dotar a nuestro sistema legal de una norma regulando an intra el funcionamiento interno de cada Administración y las relaciones entre ellas, todo ello en el marco de una reforma integral de organización y funcionamiento de las Administraciones, complementado con la nueva Ley de Procedimiento Administrativo Común, como norma dedicada a la ordenación de las relaciones ad extra de las Administraciones con los ciudadanos.
Las principales novedades que incorpora son las siguientes:
- En el ámbito universitario, por una parte se clasifica a las Universidades Públicas dentro del denominado “Sector Público Institucional”, y al igual que a lo ya indicado respecto a la nueva Ley de Procedimiento, se considera de aplicación la Ley solamente con carácter supletorio.
- Pero es que además se ratifica la salida de las Universidades Públicas, (si es que en algún momento estuvimos dentro), del ámbito de las “Administraciones Públicas”, por vía del número 3 del artículo 2 de dicha Ley, con las posibles consecuencias que ello podría conllevar en cuanto a las referencias que se realizan en otras Normas respecto a ese carácter de Administración Pública.
- Mayor transparencia y funcionamiento más ágil de las Administraciones Públicas.
- Mayor transparencia en los procedimientos de elaboración de normas.
- Simplifica el sector público institucional, racionalizando los tipos de entidades y organismos públicos, con miras a un futuro inmediato.
- Y una mejor cooperación y coordinación entre las distintas Administraciones Públicas.
Respecto a las normas que modifica, destacar, en mayor medida a Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.
Y por último respecto a normas o preceptos que deroga, destacar la derogación expresa de la ley por completo de Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado. Y Ley 28/2006, de 18 de julio, de Agencias estatales para la mejora de los servicios públicos.